Este trámite permite solicitar la exención total o parcial de la contribución conforme a la normativa vigente; que establece que están exentos en 100% o 50%, los pagos del impuesto Inmobiliario/ABL a los propietarios de un solo inmueble destinado exclusivamente a Vivienda Única y Permanente, cuya Valuación Fiscal Homogénea sea hasta $ 4.680.000 para los casos que soliciten el 100% de la exención y  comprendida entre $4.680.000,01 y $6.240.000 para los casos que soliciten el 50% de la exención. 

Requisitos:

- Título de propiedad o declaratoria de herederos inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble: Original y Fotocopia.
- Última boleta del impuesto: Original y Fotocopia.
- Dos recibos de algún servicio (Gas, Luz, Teléfono, Agua, etc.) del Inmueble: Original y Fotocopia.
Titular:
   - Documento de Identidad (D.N.I, L.E, L.C. o C.I.): Original y Fotocopia.
Representante
   - Autorización del titular con certificación de su firma ante Escribano Público o autoridad policial: Original y Fotocopia.
   - Documento de Identidad (D.N.I, L.E, L.C. o C.I.): Original y Fotocopia.
Apoderado:
   - Poder suscripto ante Escribano Público: Original.
   - Documento de Identidad (D.N.I, L.E, L.C. o C.I.): Original y Fotocopia.

Observaciones:

Las autentificaciones de copias y las certificaciones de firma deberán ser realizadas por Escribano Público (con su firma certificada por el respectivo Colegio de Escribanos) o Autoridad Judicial.

Para realizar el trámite deberá acceder a la plataforma de Trámite a Distancia CABA (TAD), seleccionando la opción "Solicitud del contribuyente a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos - AGIP - (excluyendo los pedidos relacionados con SIRCREB y reintegros)"

Este trámite permite solicitar la exención total o parcial de la contribución conforme a la normativa vigente; que establece que están exentos en 100% o 50%, los pagos del impuesto Inmobiliario/ABL a los propietarios de un solo inmueble destinado exclusivamente a Vivienda Única y Permanente, cuya Valuación Fiscal Homogénea sea hasta $ 4.680.000 para los casos que soliciten el 100% de la exención y  comprendida entre $4.680.000,01 y $6.240.000 para los casos que soliciten el 50% de la exención. 

Requisitos:

- Título de propiedad o declaratoria de herederos inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble: Original y Fotocopia.
- Última boleta del impuesto: Original y Fotocopia.
- Dos recibos de algún servicio (Gas, Luz, Teléfono, Agua, etc.) del Inmueble: Original y Fotocopia.
Titular:
   - Documento de Identidad (D.N.I, L.E, L.C. o C.I.): Original y Fotocopia.
Representante
   - Autorización del titular con certificación de su firma ante Escribano Público o autoridad policial: Original y Fotocopia.
   - Documento de Identidad (D.N.I, L.E, L.C. o C.I.): Original y Fotocopia.
Apoderado:
   - Poder suscripto ante Escribano Público: Original.
   - Documento de Identidad (D.N.I, L.E, L.C. o C.I.): Original y Fotocopia.

Observaciones:

Las autentificaciones de copias y las certificaciones de firma deberán ser realizadas por Escribano Público (con su firma certificada por el respectivo Colegio de Escribanos) o Autoridad Judicial.

Realice el trámite en las Delegaciones AGIP en las Sedes Comunales.