Los trámites correspondientes a la cancelación de la deuda en instancia judicial deberán gestionarse siempre a través del mandatario asignado.

A continuación, encontrará información importante como: datos de contacto de los mandatarios, formas de pago y normativa específica.

Consulte el listado actualizado de Mandatarios Judiciales.

La deuda judicial puede ser cancelada mediante pago al contado o en cuotas a través de un Plan de Facilidades.

Para simplificar la operatoria la AGIP implementó el Volante Electrónico de Pago (VEP).

Esta nueva modalidad reemplaza a la anterior de múltiples boletas, de pago presencial y exclusivo en sucursales del Banco Ciudad.

También permite al contribuyente seleccionar el medio de pago, red o entidad bancaria para cancelar la deuda, las 24 horas, todos los días del año y en cualquier lugar del país.

Además, esta opción tiene la ventaja de que la persona que paga puede ser distinta del responsable de la deuda. 

El VEP para cancelar la deuda judicial beneficia a quienes no están radicados en la Ciudad y permite realizar el pago desde el lugar donde se encuentran, de manera virtual, sin tener que trasladarse ni llevar dinero en efectivo.

 Se podrán generar dos tipos de VEP: 

VEP para pago de deudas con Plan de Facilidades:

Sólo incluye los montos a pagar de: honorarios, gastos y tasa de justicia.

Para cancelar la deuda tributaria más los intereses correspondientes deberá solicitar al mandatario la generación del Plan de Facilidades.

VEP para pago de deudas al contado:

Incluye el monto total de la deuda más los intereses correspondientes, honorarios, gastos y tasa de justicia.

En este caso, con un solo VEP generado el contribuyente cancela todo lo que debe en un solo pago.

Ambas opciones de VEP pueden ser abonadas a través de HomeBanking, Red Link, Red Banelco (PagoMisCuentas) o Interbanking.

  

Generación del VEP:

1.     El mandatario será el encargado de generar el VEP.

2.     Al momento de la generación deberá contar con CUIT del contribuyente/responsable o CUIT del pagador, en caso de no ser la misma persona.

3.     Además se deberá informar al mandatario cuál es la red de pago seleccionada para abonar.

4.     Una vez generado, el mismo contará con los siguientes datos: N° de liquidación, N° de VEP, fecha de vencimiento, CUIT del contribuyente, CUIT del pagador, CUIT del mandatario, Descripción y monto total a pagar.

5.     Estará vigente durante 48 h desde su generación. Si no se abona en ese plazo, el contribuyente deberá solicitar al mandatario uno nuevo.

Normativa: Res. 206/AGIP/2023

Pago en cuotas a través de Plan de Facilidades:

1.     La adhesión al Plan de Facilidades la genera el mandatario asignado.

2.     El contribuyente deberá contar con Clave Ciudad y Domicilio Fiscal Electrónico para poder acceder al Plan.

3.     El mandatario deberá solicitar: CUIT, Clave Ciudad y CBU del contribuyente.

4.     El Plan de Facilidades permite cancelar la deuda hasta en 36 cuotas, sin límite de monto. Es para personas humanas y jurídicas.

5.     Una vez generado el Plan, el débito de las cuotas mensuales se realiza a través del CBU informado oportunamente.

Normativa:  Res. 890/MHFGC/2020 y modificatorias, Res. 483/MHFGC/2022.

1.     Ingresar en PagoMisCuentas

2.     Registrarse

3.     Seleccionar opción “Con tu Banco”

4.     Introducir DNI y clave

5.     Seleccionar la opción “Servicios ARCA”

6.     Ingresar CUIT

7.     Seleccionar el servicio “ARCA VEP”

8.     En el campo “CUIT/CUIL del Contribuyente” completar con CUIT del responsable y/o del pagador, en caso de no ser la misma persona.

9.     En el campo “CUIT/CUIL Generador” completar con CUIT del mandatario asignado.

     10.  Hacer click en botón “Pagar y adherir”.

En los casos en que la deuda haya sido transferida a gestión judicial se deberá abonar lo reclamado con sus intereses, más honorarios, gastos y tasa de justicia. 

Podrá consultar aquí la parte pertinente de la normativa vigente. 

Valor UMA: el valor de unidad de medida arancelaria podrá consultarlo en la web del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires- Consejo de la Magistratura.