Este trámite permite solicitar la exención de pago conforme a lo dispuesto en el Código Fiscal, sólo para los que cumplan con las siguientes condiciones:
- Inmuebles declarados como monumentos históricos, según la lista y clasificación oficial de la Comisión Nacional de Museos, Monumentos y Lugares Históricos.
- Inmuebles calificados de interés histórico o edilicio por la Comisión Permanente y que hayan quedado en poder de sus propietarios, conforme la respectiva Ordenanza.
Documentación obligatoria:
- DNI de quien realice la presentación (C.I. solo para extranjeros): Original y fotocopia.
Dependiendo de cuál sea su carácter:
Titular:
- DNI; C.I. solo para extranjeros: Original y fotocopia.
Representante:
- Autorización del titular con certificación de su firma (solo para personas humanas): Original y fotocopia.
- DNI; C.I. solo para extranjeros: Original y fotocopia.
Apoderado:
- Poder suscripto ante Escribano Público: Original y fotocopia.
- DNI; C.I. solo para extranjeros: Original y fotocopia.
Personas Jurídicas:
- Constancia de CUIT del titular: Original y fotocopia.
Observaciones:
Las autentificaciones de copias y las certificaciones de firma deberán ser realizadas por Escribano Público (con su firma certificada por el respectivo Colegio de Escribanos, excepto escribanos de la CABA) o Autoridad Judicial. Las certificaciones de firma además podrán ser realizadas por entidad bancaria (con ticket respectivo).
Para realizar el trámite deberá concurrir de manera presencial a la AGIP: Viamonte 900, PB. Solicite su turno.