Este trámite permite solicitar la exención general por el término de 10 años a las Bibliotecas Populares, Instituciones de Beneficencia o Solidaridad Social, Protectoras de Animales y Entidades Culturales o Científicas que cumplan con lo dispuesto en el art. 50 inc. 1, 2, 3 y 4 del Código Fiscal (T.O. 2015).

Documentación obligatoria:

- DNI de la persona que realice la presentación: Original y fotocopia.
- Constancia de CUIT de la Entidad: Fotocopia.
- Certificado de inscripción en CONABIP actualizado para Bibliotecas Populares (inc. 1).
- Certificado actualizado de la fecha de interposición, que acredita la Personería Jurídica de la Entidad: Original o Fotocopia Autenticada.
- Copia certificada de Estatutos.
- Estatuto de la Entidad y de la última memoria y balance general, con la certificación original de la firma del profesional actuante por parte del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Fotocopia Autenticada.
- Acta con la designación de las Autoridades y copia certificada de la misma.
- Nota de Solicitud de Exención General firmada por autoridad de la Entidad con firma certificada.

Dentro de los 30 días de concedida la Exención:

- Nómina de inmuebles, vehículos y/o anuncios publicitarios inscriptos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Escrituras traslativas de los inmuebles detallados en la nómina, inscriptas en el Registro de la Propiedad Inmueble: Fotocopia Autenticada.
- Títulos de propiedad de los Automotores detallados en la nómina: Fotocopia Autenticada.

Dependiendo de cuál sea su carácter:

Representante:

- Autorización del titular, con certificación de su firma (sólo personas humanas): Original.
- DNI: Original y fotocopia.

Apoderado:

- Poder suscripto ante Escribano Público: Original y fotocopia.
- DNI: Original y fotocopia.

Observaciones:

Las autentificaciones de copias y las certificaciones de firma deberán ser realizadas por Escribano Público (con su firma certificada por el respectivo Colegio de Escribanos) o Autoridad Judicial.
Las certificaciones de firma, además, podrán ser realizadas por entidad bancaria.

Para realizar el trámite deberá concurrir de manera presencial a la AGIP: Viamonte 900, PB. Solicite su turno

Este trámite permite solicitar la exención general por el término de 10 años a las Bibliotecas Populares, Instituciones de Beneficencia o Solidaridad Social, Protectoras de Animales y Entidades Culturales o Científicas que cumplan con lo dispuesto en el art. 50 inc. 1, 2, 3 y 4 del Código Fiscal (T.O. 2015).

Documentación obligatoria:

- DNI de la persona que realice la presentación.
- Constancia de CUIT de la Entidad.
- Certificado de inscripción en CONABIP actualizado para Bibliotecas Populares (inc. 1).
- Certificado actualizado de la fecha de interposición, que acredita la Personería Jurídica de la Entidad.
- Copia certificada de Estatutos.
- Estatuto de la Entidad y de la última memoria y balance general, con la certificación original de la firma del profesional actuante por parte del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Acta con la designación de las Autoridades y copia certificada de la misma.
- Nota de Solicitud de Exención General firmada por autoridad de la Entidad con firma certificada.

Dentro de los 30 días de concedida la Exención:

- Nómina de inmuebles, vehículos y/o anuncios publicitarios inscriptos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Escrituras traslativas de los inmuebles detallados en la nómina, inscriptas en el Registro de la Propiedad Inmueble.
- Títulos de propiedad de los Automotores detallados en la nómina.

Dependiendo de cuál sea su carácter:

Representante:

- Autorización del titular con certificación de su firma (sólo personas humanas).
- DNI.

Apoderado:

- Poder suscripto ante Escribano Público.
- DNI.

Observaciones:

Las autentificaciones de copias y las certificaciones de firma deberán ser realizadas por Escribano Público (con su firma certificada por el respectivo Colegio de Escribanos) o Autoridad Judicial.
Las certificaciones de firma, además, podrán ser realizadas por entidad bancaria.


Para realizar el trámite deberá ingresar a InfoAGIP, seleccionando la opción "Sedes Comunales-Atención Virtual", en el campo "Impuesto".