El trámite de Solicitud de Devolución de pagos del Impuesto Inmobiliario/ABL resulta solo por pagos en exceso o erróneos (ejemplo: duplicados o por liquidación del gravamen por motivo de modificaciones en el estado de empadronamiento del inmueble).

Documentación obligatoria:

- Nota en la que conste el detalle de las cuotas de la Contribución por las cuales se solicita devolución de pago, acompañando la documentación que se indica a continuación según corresponda.
- Escritura traslativa de dominio inscripta en el Registro de Propiedad Inmueble, o bien, constancia de dominio actualizada, expedida por el Registro Propiedad Inmueble.
- Comprobante de pago de la Contribución por el cual solicita devolución de pago.

Para la solicitud de devolución tramitada únicamente en casos que, los herederos y/o sucesores no hubieran obtenido la declaratoria de herederos, deberá acompañar la documentación que acredite el vínculo con el Titular del inmueble (fallecido) y la respectiva partida de defunción.

- Captura de pantalla del homebanking desde donde se realizó la operación, en la cual figure número de cuenta y CBU

Importante: recuerde que durante la gestión del trámite se le solicitará datos de su cuenta bancaria (ver datos en el formulario al pie de esta página)

Presentación por Persona Humana

Titular:
 - Documento de identidad del Titular del Inmueble (DNI, LE, LC o CI).
 - Constancia de CUIT/CUIL. 

Terceros:
 - Poder suscripto ante Escribano.
 - Autorización del Titular del inmueble con certificación de su firma (Escribano o Bancaria).

Presentación por Persona Jurídica

Titular:
 - DNI.

Representante:
 - Autorización del titular con certificación de su firma (sólo personas humanas).
 - DNI.

Apoderado:
 - Poder suscripto ante Escribano Público.
 - DNI.

Observaciones:

Las autentificaciones de copias y las certificaciones de firma deberán ser realizadas por Escribano Público (con su firma certificada por el respectivo Colegio de Escribanos, excepto escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires), o Autoridad Judicial.
Las certificaciones de firma además podrán ser realizadas por entidad bancaria (con ticket respectivo).

Para realizar el trámite deberá acceder a la plataforma de Trámite a Distancia (TAD) con Clave Ciudad.

El trámite de solicitud de Devolución de Pagos del Impuesto Inmobiliario/ABL es sólo por pagos en exceso o erróneos (ejemplo: duplicados o por liquidación del gravamen por motivo de modificaciones en el estado de empadronamiento del inmueble). 

Documentación obligatoria:

- Nota en la que conste el detalle de las cuotas de la Contribución por las cuales se solicita devolución de pago, acompañada por la documentación que se indica a continuación, según corresponda:
- Escritura traslativa o constancia de dominio actualizada inscripta/expedida en/por el Registro de Propiedad Inmueble.
- Comprobante de pago de la Contribución por el cual solicita devolución de pago.
- En los casos que los herederos y/o sucesores no hubieran obtenido la declaratoria de herederos, deberán presentar la documentación que acredite el vínculo con el Titular del inmueble (fallecido) y la respectiva partida de defunción.
- Formulario “Altas de Cuentas Devoluciones” (se encuentra al pie de esta página)
- Captura de pantalla del homebanking desde donde se realizó la operación, en la cual figure número de cuenta y CBU

Dependiendo de cuál sea su carácter:

Presentación por Persona Humana: 

Titular:
- DNI del Titular del Inmueble.
- Constancia de CUIT/CUIL.

Terceros:
- Poder suscripto ante Escribano.
- Autorización del Titular del inmueble con certificación de su firma (Escribano o Bancaria).

Presentación por Persona Jurídica:

Titular:
- DNI.

Representante:
- Autorización del titular con certificación de su firma (sólo personas humanas).
- DNI. 

Apoderado:
- Poder suscripto ante Escribano Público.
- DNI. 

Observaciones:

Las autentificaciones de copias y las certificaciones de firma deberán ser realizadas por Escribano Público (con su firma certificada por el respectivo Colegio de Escribanos, excepto escribanos de la CABA) o Autoridad Judicial.
Las certificaciones de firma además podrán ser realizadas por entidad bancaria (con ticket respectivo). 

Para realizar el trámite deberá ingresar a InfoAGIP, seleccionando la opción "Sedes Comunales-Atención Virtual", en el campo "Impuesto". Luego de generado el ticket un operador le solicitará que adjunte la documentación que corresponda para finalizar el trámite.