Este trámite permite incorporar la sucesión indivisa al contribuyente que continúe desarrollando la actividad de origen.
Deberá realizarse la modificación en el padrón, conservando el número de CUIT.
Requisitos:
- Tramitar Clave Ciudad Nivel 2 del Representante.
- Deberá adjuntar partida de defunción (Original y Fotocopia).
- Sentencia Judicial de Designación del Administrador (Original y Fotocopia) o Documentación que acredite el vínculo (Original y Fotocopia).
- Documento de Identidad del sucesor DNI., LE. ó LC. (Original y Fotocopia).
- Certificado de domicilio fiscal declarado expedido por la Policía, o escritura o boleto de compra venta o contrato de alquiler por vivienda; siempre que no se encuentre actualizado en el DNI que acredite el domicilio fiscal (particular y real según Código Fiscal Vigente) que denuncia.
- Constancia de Inscripción en A.F.I.P. con el cambio realizado (Copia).
Dependiendo de cuál sea su carácter:
Quien acredite el vínculo:
- DNI original.
• Administrador de la sucesión:
- Resolución judicial de la designación (original y fotocopia).
- DNI original.
Observaciones:
Las autentificaciones de copias y las certificaciones de firma deberán ser realizadas por Escribano Público (con su firma certificada por el respectivo Colegio de Escribanos) o Autoridad Judicial.
Las certificaciones de firma, además, podrán ser realizadas por entidad bancaria.
Realice el trámite en las Delegaciones AGIP en las Sedes Comunales.