Este trámite consiste en la baja del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos como contribuyente de Convenio Multilateral con motivo del cese total de actividades en el caso de Cese por Fallecimiento y Cese de Empresas en proceso de liquidación.

Requisito:

- Clave Fiscal.

Importante:

Se inicia en la página de AFIP con Clave Fiscal a través del Servicio Padrón WEB de la Comisión Arbitral. Es de confirmación automática.

  • Cese de actividades
  • Si deja de facturar y realiza la baja en ARCA, deberá realizar la denuncia de Cese total de actividades dentro los quince (15) días. De lo contrario, se presume que el responsable continúa en el ejercicio de su actividad.