Este trámite permite mantener actualizado el padrón de beneficiarios que utilizan los agentes de recaudación (retención y percepción), los sujetos comprendidos en las Resoluciones Nº 033/AGIP/09 y 52/AGIP/13 deberán estar empadronados. Desde la sanción del Código 2009, las exenciones rigen sin más trámite de solicitud ni otorgamiento por parte de esta Administración.

Requisito:

- Clave Ciudad

Importante:

Cuando ingrese con la Clave Ciudad, deberá asignar el servicio “Empadronamiento de exentos”. Al completar el formulario electrónico se obtendrá una constancia de empadronamiento.

Observaciones:

La exención puede ser revocada en caso de no cumplir los requisitos establecidos por el Código Fiscal vigente.
La información declarada es susceptible de ser verificada por el organismo

Realice el trámite.