Este trámite permite mantener actualizado el padrón de beneficiarios que utilizan los agentes de recaudación (retención y percepción), los sujetos comprendidos en las Resoluciones Nº 033/AGIP/09 y 52/AGIP/13 deberán estar empadronados. Desde la sanción del Código 2009, las exenciones rigen sin más trámite de solicitud ni otorgamiento por parte de esta Administración.
Requisito:
- Clave Ciudad
Importante:
Cuando ingrese con la Clave Ciudad, deberá asignar el servicio “Empadronamiento de exentos”. Al completar el formulario electrónico se obtendrá una constancia de empadronamiento.
Observaciones:
La exención puede ser revocada en caso de no cumplir los requisitos establecidos por el Código Fiscal vigente.
La información declarada es susceptible de ser verificada por el organismo