Este trámite permite la inscripción voluntaria en un Registro de Exentos de Pleno Derecho.
El presente Registro está dirigido a quien ejerce su profesión liberal universitaria no organizada en forma de empresa en esta jurisdicción y que se encuentra exento de pleno derecho al pago del impuesto sobre los Ingresos Brutos en virtud de lo establecido en el Art. 183, inc. 8 del Código Fiscal vigente y Decreto Reglamentario 2033-GCBA-2003.
Tenga en cuenta que para que los ingresos derivados de la actividad profesional resulten exentos, es necesario que la carrera de grado universitaria posea una duración no inferior a 4 años, por lo cual en el transcurso del trámite se le requerirán una serie de datos complementarios.
Si tiene dudas respecto de estas condiciones puede realizar su consulta generando un ticket desde el trámite “Exenciones de Ingresos Brutos de pleno derecho”.
Requisito:
- Clave Ciudad.
Importante:
Cuando ingrese con la Clave Ciudad, deberá asignar el servicio “Registro de Profesionales Exentos”,aportando nombre y apellido, Nº de CUIT y dirección de correo electrónico, entre otros datos. Una vez finalizada la inscripción, deberá validar por correo electrónico la dirección consignada y posteriormente recibirá otro correo que acreditará que la información ha sido registrada.
La permanencia en el presente Registro dependerá de que no modifique la situación frente al impuesto.