Este trámite permite nominar partidas que no tienen titular o que están desactualizadas. Podrá realizarlo el titular del inmueble o escribanos con domicilio fuera de la jurisdicción Ciudad de Buenos Aires.
Si es escribano y tiene domicilio en la Ciudad de Buenos Aires deberá hacerlo exclusivamente mediante el aplicativo F1/F3 con Clave Ciudad. Los trámites realizados por otras vías que no sean la mencionada serán rechazados.
Documentación obligatoria:
- N° de CUIT/CUIL.
- Correo Electrónico.
- DNI.
- Número de partida.
- Dígito verificador.
- Páginas de la escritura en las que figuran fecha de escrituración, nombre y apellido de los titulares y documento que acredite identidad, y la inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble.
Importante:
- Si la partida se encuentra exenta, deberá realizar previamente la baja de la exención vía InfoAGIP, seleccionando el impuesto “Inmobiliario/ABL”, y luego la opción “Exenciones”.
- En el caso de tener que solicitar la nominación de varias partidas (vinculadas a un mismo edificio) podrá gestionarlo realizando un único trámite, colocando en el detalle del ticket la nómina completa de partidas a modificar su titularidad.
- Si aún no posee el número de partida correspondiente a su inmueble, cuando complete el formulario, deberá ingresar la dirección (calle, número, código postal) y el número de unidad funcional.
EL PESO TOTAL DE LOS ARCHIVOS DEBE SER INFERIOR A 9,57 MB (9.800 KILOBYTES). SI SE EXCEDE ESE VOLUMEN, AL FINALIZAR E INTENTAR ENVIAR EL FORMULARIO, LE APARECERÁ UN ERROR.
Este trámite permite nominar partidas que no tienen titular o que están desactualizadas. Podrá realizarlo el titular del inmueble o escribanos con domicilio fuera de la jurisdicción Ciudad de Buenos Aires.
Si es escribano y tiene domicilio en la Ciudad de Buenos Aires deberá hacerlo exclusivamente mediante el aplicativo F1/F3 con Clave Ciudad. Los trámites realizados por otras vías que no sean la mencionada serán rechazados.
Documentación obligatoria:
- N° de CUIT/CUIL.
- Número de partida.
- Dígito verificador.
- Escritura traslativa de dominio del inmueble, inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble: Original y fotocopia.
Dependiendo de cuál sea su carácter:
Titular:
- DNI: Original y fotocopia.
Representante:
- Autorización del titular con certificación de su firma (sólo personas humanas): Original.
- DNI: Original y fotocopia.
Apoderado:
- Poder suscripto ante Escribano Público: Original.
- DNI: Original y fotocopia.
Importante:
- Si la partida se encuentra exenta, deberá realizar previamente la baja de la exención vía InfoAGIP, seleccionando el impuesto “Inmobiliario/ABL”, y luego la opción “Exenciones”.
Observaciones:
Las autentificaciones de copias y las certificaciones de firma deberán ser realizadas por Escribano Público (con su firma certificada por el respectivo Colegio de Escribanos) o Autoridad Judicial.
Las certificaciones de firma además podrán ser realizadas por entidad bancaria.
Realice el trámite en las Delegaciones AGIP en las Sedes Comunales. Para realizar este trámite deberá sacar un turno.