Este trámite permite solicitar la exención del pago de Patentes conforme a lo dispuesto en el Código Fiscal vigente y la Ley Tarifaria vigentes para 2025.

La exención alcanza a los Ex Combatientes que se hayan desempeñado en la Guerra de las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich e Islas del Atlántico Sur, desde el 02/04/82 al 14/06/82, incorporados a la Ley 1075 y sus modificatorias.

 El beneficio está destinado a un solo vehículo y la valuación no debe superar el importe que fija la Ley Tarifaria 2025 ($ 40.000.000).

Documentación obligatoria:

- Título de Propiedad del Automotor.
- DNI.
- Nota solicitando la exención en carácter de Ex Combatiente de Malvinas.

 

Para realizar el trámite deberá ingresar con Clave Ciudad, a través del servicio “TAD – Jefatura de Gabinete de Ministros”, opción “Solicitud del contribuyente a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos -AGIP- (excluyendo los pedidos relacionados con SIRCREB)”.