Este trámite permite realizar la baja fiscal de los Anuncios Publicitarios activos.

Requisitos:

- Clave Ciudad.
- Fecha de Baja (puede ser hasta 30 días corridos anteriores a la fecha de la presentación según lo establecido en el Código Fiscal vigente).

Observaciones: 

De acuerdo al Código Fiscal vigente, usted podrá tramitar la baja de los Anuncios Publicitarios con o sin deuda exigible. En caso de poseer deuda, la baja quedará como “provisoria” hasta tanto regularice su situación. Es importante tener en cuenta que al momento de declarar la baja, el Anuncio Publicitario no debe estar emplazado en la Vía Pública, ya que de comprobar esta situación se denegará dicha solicitud.

Importante: para poder acceder al aplicativo deberá ingresar con Clave Ciudad y asignar el servicio "Baja de Anuncios Publicitarios".

Realice el trámite.